Una moto acuática es una lancha motora de menos de 16 pies de eslora que utiliza un motor intraborda que alimenta una bomba de chorro como su fuerza motriz principal y que está diseñada para ser operada por una persona sentada, de pie o arrodillada, en lugar de de la manera convencional de sentarse o pararse dentro de la embarcación.
Las motos acuáticas deben seguir todas las normas y reglamentos para embarcaciones a motor. Existen reglas y regulaciones adicionales para los operadores de motos acuáticas de la siguiente manera:
- Será ilegal que cualquier persona opere una moto acuática, o que el propietario o cualquier persona que tenga control autorice o permita a sabiendas que una persona opere una moto acuática, a menos que el operador tenga al menos 16 años de edad. Cualquier persona de 14 o 15 años puede operar una moto acuática si ha completado con éxito un curso de seguridad de educación en navegación aprobado, lleva prueba de finalización exitosa de dicho curso y muestra esta prueba a solicitud de un oficial de la ley.
- Es ilegal operar una moto acuática a menos que el operador, cada ciclista y cualquier persona que sea remolcada por una moto acuática lleve un chaleco salvavidas portátil aprobado por la USCG para esta actividad. Los chalecos salvavidas inflables están prohibidos.
- Si la moto acuática está equipada con un interruptor de corte del motor tipo cordón, el operador debe sujetar el cordón a su persona, ropa o chaleco salvavidas.
- Es ilegal operar una moto acuática después del atardecer o antes del amanecer.
- Es ilegal operar una moto acuática mientras se transportan pasajeros en exceso del número para el que la embarcación fue diseñada por el fabricante; incluidos los pasajeros remolcados.
- Será culpable de operación imprudente una persona que opere cualquier PWC de manera imprudente para poner en peligro la vida, la integridad física o la propiedad de cualquier persona, lo que incluirá, entre otros: (1) zigzaguear a través de otras embarcaciones que estén en marcha, detenidas, amarradas o ancladas mientras excedan una velocidad razonable; (2) seguir a otro buque o esquiador, cruzar la trayectoria de otra embarcación o esquiador, cruzar la trayectoria de otra embarcación más de lo que es razonable y prudente; (3) cruce entre el buque remolcador y un esquiador; o (4) dirigirse hacia un objeto o persona y girar bruscamente en las proximidades de dicho objeto o persona para rociar o intentar rociar un objeto o persona con el lavado o el chorro de la moto acuática.
- Los operadores de motos acuáticas deben mantener un funcionamiento "sin estela" cuando se encuentren a menos de 50 pies de muelles, muelles, cobertizos para botes, rampas para botes, personas en el agua y embarcaciones que no sean motos acuáticas. Las motos acuáticas pueden remolcar a un esquiador con una cuerda de menos de 50 pies. La ausencia de estela se define como "la velocidad más lenta posible requerida para mantener la dirección y el avance".
Las disposiciones anteriores no se aplican a los participantes en regatas, carreras, desfiles marinos, torneos o exhibiciones aprobados por la Junta de la VDWR o la USCG.
