Las siguientes ordenanzas locales se aplican en el Condado de Orange:
- Sec 42-31 Posesión de armas de fuego cargadas prohibidas (referencia)
(a) De conformidad con la autoridad del Código de Virginia, § 15.2-1209.1, Será ilegal que cualquier persona lleve o tenga en su posesión, con el propósito de cazar, mientras esté en cualquier parte de una carretera pública dentro del condado un arma de fuego cargada cuando dicha persona no esté autorizada a cazar en la propiedad privada a ambos lados de la carretera a lo largo de la cual está parado o caminando. Esta sección no se aplicará a las personas que porten armas de fuego cargadas en vehículos en movimiento, o para fines distintos a la caza, o a las personas que actúen en ese momento en defensa de personas o propiedades.
(b) Cualquier persona que viole esta sección será culpable de un delito menor y estará sujeta a una multa que no exceda de $100.00 por cada una de esas violaciones.
(Ord. de 12-13-2011)
- Sec 42-32 posesión durante la temporada abierta de ciervos (referencia)
(a) De conformidad con la autoridad del Código de Virginia, § 15.2-915.2, Durante la temporada abierta de ciervos en el condado, será ilegal que cualquier persona transporte, posea o porte una escopeta cargada o un rifle cargado en cualquier vehículo en cualquier calle, carretera o carretera pública dentro del condado. Esta sección no se aplicará a los agentes del orden público o al personal militar debidamente autorizados en el desempeño de sus deberes legales, ni a ninguna persona que crea razonablemente que una escopeta cargada o un rifle cargado es necesario para su seguridad personal en el curso de su empleo o negocio.
(b) Cualquier persona que viole esta sección será culpable de un delito menor y estará sujeta a una multa que no exceda de $100.00 por cada una de esas violaciones.
(Ord. de 4-14-1992, § 3)
- Sec 42-33 Caza De Aves O Animales Cerca De Las Autopistas (referencia)
(a) De conformidad con la autoridad del Código de Virginia, § 29.1-526, será ilegal cazar con un arma de fuego cualquier ave de caza o animal de caza mientras la caza se realiza en o dentro de 100 yardas de cualquier carretera primaria o secundaria en el condado. A los efectos de esta sección, el término "caza" no incluirá el cruce necesario de dichas carreteras con el propósito de buena fe de entrar o salir de una zona de caza legal.
(b) Cualquier persona que viole esta sección será culpable de un delito menor de clase 3 y estará sujeta a castigo según lo dispuesto en la sección 1-15.
(Ord. de 4-14-1992, § 4)
