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Ordenanzas locales: Condado de Greensville

Las siguientes ordenanzas locales se aplican en el condado de Greensville:

  • Artículo 20-1. - Posesión de arma de fuego cargada en la vía pública en general. (referencia)
    • (a) Será ilegal que cualquier persona lleve o tenga en su posesión, mientras se encuentre en cualquier parte de una carretera pública dentro del condado, un arma de fuego cargada, cuando dicha persona no esté autorizada a cazar en la propiedad privada a ambos lados de la carretera a lo largo de la cual está parado o caminando.

      (b) Las disposiciones de esta sección no se aplicarán a las personas que porten armas de fuego cargadas en vehículos en movimiento ni a las personas que actúen, en ese momento, en defensa de personas o propiedades.

      (c) Cualquier persona que viole esta sección será multada con no más de cien dólares ($100.00).

      (Enmienda de 1-18-00)

      Referencia de la ley estatal: autoridad para la sección anterior, Código de Virginia, § 18.2-287.

  • Artículo 20-3. - Prohibido cazar con armas de fuego cerca de las cunetas de ciertas carreteras. (referencia)
    • (a) Será ilegal cazar o intentar cazar con un arma de fuego cualquier ave de caza o animal de caza mientras la persona que caza o intenta cazar se encuentra en cualquier carretera estatal primaria o secundaria y dentro de diez (10) pies más allá de las orillas exteriores de las zanjas a ambos lados de dicha carretera en el condado de Greensville.

      (b) A los efectos de esta sección, los términos "caza" o "intento de caza" no incluirán el cruce necesario de dichas carreteras con el propósito de buena fe de entrar o salir de una zona de caza legal.

      (c) Una violación de esta sección constituirá un delito menor de Clase 3 .

      (Ord. No. 83-06, 6-21-83; Amd. de 1-18-00)

      Referencia cruzada: Penalización por delito menor de Clase 3 , § 1-10.

      Referencia de la ley estatal: autoridad para la sección anterior, Código de Virginia, § 29.1-526.

  • Artículo 20-4. - Se prohíbe el uso de armas de fuego para cazar en la propiedad del embalse de agua de Emporia. (referencia)
    • (a) Será ilegal que cualquier persona cace mientras se encuentre en cualquier parte del río Meherrin que se encuentre más cerca de la presa del Proyecto Hidroeléctrico de Emporia a cuatro mil ochocientos (4800) pies, que es un punto generalmente al sur del término de Riverview Road. La propiedad en la que se prohíbe la caza constituye el agua embalsada del río Meherrin y la propiedad inmueble resultante del proceso geológico de acreción que se conoce comúnmente como el embalse de agua de Emporia.

      (b) Una violación de esta sección constituirá un delito menor de Clase 2 .

      (Enmienda de 8-2-99)

      Nota del editor: Una enmienda del 2de agosto de 1999no enmendó específicamente este Código; Por lo tanto, la inclusión de sus disposiciones como § 20-4 aquí quedó a discreción del editor.

      Referencia cruzada: Penalización por delito menor de Clase 3 , § 1-10.

      Referencia de la ley estatal: autoridad para la sección anterior, Código de Virginia, § 15.2-1210.