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Reglas para Certificar un Pez Récord Estatal

  1. El pez debe ser capturado en aguas de Virginia con caña, carrete, línea y anzuelo en la mano, o con aparejos de tiro con arco donde la ley lo permita. El pescador debe identificar las aguas específicas en las que se capturó el pez.
  2. Aunque más de un pescador puede participar en la captura de un posible pez récord estatal, solo un solicitante será considerado como el poseedor oficial del récord.  Sin embargo, los pescadores deben tener en cuenta que solo se otorgan récords mundiales que son enganchados y peleados por un individuo sin ayuda.
  3. Un empleado del Departamento debe presenciar el pesaje del funcionario. Solo se utilizará el peso observado por el empleado del Departamento para certificar el pescado. El pescado debe estar descongelado, en su totalidad y estar disponible para que el empleado del Departamento lo examine a fondo. El pez también puede ponerse a disposición del empleado del departamento para un examen más detallado si el representante del departamento lo considera necesario. Vea la información de contacto del Departamento para certificar un Registro Estatal.
  4. La especie del pez debe ser confirmada por un biólogo del Departamento de Peces que debe inspeccionar el pescado en todas sus condiciones. (Esto se puede lograr después del pesaje si el testigo del Departamento no es un biólogo de peces).
  5. La solicitud debe presentarse dentro de los 60 días siguientes a la captura. Una fotografía clara y lateral del pez debe acompañar a la solicitud.
  6. Las básculas de pesaje deben ser apropiadas para el tamaño del pez y estar certificadas para su precisión por agencias gubernamentales u organizaciones calificadas y acreditadas dentro de los últimos 12 meses. Las agencias y organizaciones que tengan conjuntos de pesas certificados para verificar la precisión de la báscula y presenten procedimientos de verificación con documentos asociados al DWR también se considerarán acreditadas para pesar un posible pez récord estatal. Los peces de menos de 25 libras deben pesarse en una báscula capaz de pesar hasta la onza. Los peces de más de 25 libras deben pesarse en balanzas que no tengan graduaciones mayores de media libra. Siempre que se utilicen escalas de graduaciones de 8 onzas, el peso del pescado siempre se redondeará a la media libra más cercana.
  7. Cualquier pez de registro estatal potencial que contenga alimentos artificiales o artículos no alimenticios en el estómago no se reconocerá como un nuevo registro.
  8. Ningún pez capturado dentro de los límites de, o directamente influenciado por, una instalación acuícola pública o privada o un área de pesca de tarifa privada será reconocido como un registro estatal. Los peces criados en instalaciones de criaderos, sembrados como alevines o alevines por el Departamento de Recursos de Vida Silvestre, cultivados en ambientes naturales y reconocidos en el Programa de Registros Estatales están exentos de esta regla.
  9. Si existen dudas razonables sobre cualquier aspecto de la solicitud, ésta podrá ser rechazada. El Comité Estatal de Registros de Peces se reserva el derecho de interpretar cualquier regla en función de la intención de esa regla.
  10. Se puede apelar la decisión del Comité Estatal de Pesca dentro de los 60 días posteriores a la notificación. La apelación debe hacerse por escrito a: Presidente, Comité de Pesca del Registro Estatal, P.O. Box 90778, Henrico, VA 23228; Teléfono: (804) 305-8940