- Equipo requerido
- Chalecos salvavidas
- Una nota especial sobre los chalecos salvavidas inflables
- ¿Tu chaleco salvavidas realmente te queda?
- Extintores
- Supresor de llamas Backfire
- Ventilación
- Dispositivos productores de sonido
- Dispositivo de amortiguación
- Dispositivos de Saneamiento Marino (MSD)
- Estaciones de bombeo
- Señales visuales de socorro
- Luces de navegación
- Luces de navegación: embarcaciones impulsadas por motor
- Luces de navegación – Veleros
Equipo requerido
| Resumen de los requisitos de equipo de navegación de Virginia | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Kayaks y canoas de propulsión manual | PWC’s | Barcos bajo 16 pies | Barcos 16 menos de 26 pies | Barcos 26 menos de 40 pies | Barcos 40 pies-65 pies | |
| Chalecos salvavidas – Ponibles | X | X1 | X | X | X | X |
| Chalecos salvavidas – Tipo IV | X | X | X | |||
| Certificado de Número | X | X2 | X2 | X | X | |
| Calcomanía de validación | X | X2 | X2 | X | X | |
| Extintor de incendios tipo B-1 | X | X3 | X3 | |||
| Extintor de incendios tipo B-II | X4 | X5 | ||||
| Interruptor de seguridad de encendido | X | |||||
| Supresor de llamas Backfire | X | X | X | X | X | |
| Sistema de ventilación | X | X | X | X | X | |
| Silenciador (motores intraborda) | X | X | X | X | X | |
| Bocina, silbato o campana | X8 | X | X | X | X | X |
| VDS diurno – Operando en aguas costeras | X | X | X | |||
| Nightime VDS – Operando en aguas costeras | X | X | X | X | X | |
| Luces de navegación | X6 | X6 | X6 | X6 | X6 | |
| Certificado de Educación en Seguridad en Navegación | X | X7 | X7 | X7 | X7 | |
- El operador, cada ciclista y cualquier persona que sea remolcada detrás de una moto acuática debe usar un chaleco salvavidas tipo I, II, III o V aprobado por la USCG. Los chalecos salvavidas inflables están prohibidos.
- Excepto las embarcaciones no motorizadas.
- Se aplica a las embarcaciones en las que se cumple una de las siguientes condiciones: tanques de combustible instalados permanentemente; compartimentos cerrados debajo de las verrugas y asientos donde se almacenan los tanques de combustible portátiles; fondos dobles que no estén sellados en el casco o que no estén completamente llenos de material de flotación; espacios habitables cerrados; o compartimento de almacenamiento cerrado en el que se puedan guardar materiales combustibles o inflamables.
- Debe llevar un B-II o dos B-1. Un sistema fijo es igual a un B-1.
- Debe llevar un B-II y un B-1 o tres B-1. Un sistema fijo es igual a un B-1.
- Consulte Luces de navegación.
- El requisito de educación se está introduciendo gradualmente hasta julio de 1 2016. Se aplica a todas las motos acuáticas y a todas las embarcaciones a motor con motor de 10 CV o superior.
- Un medio suficiente para producir una señal sonora (4-6 segundos) de duración.
Chalecos salvavidas
Casi todas las muertes relacionadas con la navegación son el resultado de ahogamiento y la mayoría de estas muertes podrían haberse evitado si se hubiera usado un chaleco salvavidas.
Debe haber un chaleco salvavidas portátil (Tipo I, II, III o V) aprobado por la USCG para cada persona en el barco. El chaleco salvavidas debe ser del tamaño adecuado para cada usuario.
- Cada chaleco salvavidas portátil debe ser "fácilmente accesible" si no se usa. De fácil acceso significa que los chalecos salvavidas están al aire libre, listos para usar o guardados donde se puedan alcanzar fácilmente. Los chalecos salvavidas de fácil acceso no pueden estar en cubiertas protectoras o bajo llave.
- Además, debe revisar cada chaleco salvavidas para ver si está bien ajustado. Esto es especialmente importante para los niños. Revisa la sección ¿Te queda realmente bien tu chaleco salvavidas ?
- Los chalecos salvavidas deben usarse de acuerdo con la etiqueta del fabricante para cumplir con los requisitos de seguridad.
- Este requisito se aplica a todas las embarcaciones, incluidas las embarcaciones de remo (canoas, kayaks y tablas de remo de pie).
Además del chaleco salvavidas portátil, debe haber al menos un1dispositivo arrojadizo aprobado por la USCG (Tipo IV, boya de anillo o cojín de asiento), en embarcaciones de 16 pies o más. El reglamento para llevar un dispositivo arrojadizo (Tipo IV) no se aplica a (1) motos acuáticas; (2) canoas y kayaks no motorizados de 16 pies o más; (3) conchas de carreras, remo scull, canoas de carreras y kayaks de carreras; (4) tablas de vela; y (5) embarcaciones de los Estados Unidos utilizadas por competidores extranjeros mientras practican o compiten en competencias.
- Cada dispositivo arrojadizo (Tipo IV) debe estar disponible inmediatamente. "Disponibilidad inmediata" significa que el chaleco salvavidas debe ser rápidamente alcanzable en una situación de emergencia. Un chaleco salvavidas disponible de inmediato no puede estar en una cubierta protectora, en un compartimento cerrado o debajo de otro equipo. No es necesario tener una línea conectada.
Todos los chalecos salvavidas deben estar en buenas condiciones y en buen estado. Un chaleco salvavidas que muestre cualquiera de los siguientes elementos no está en buenas condiciones:
- Herrajes de metal o plástico utilizados para asegurar el chaleco salvavidas en el usuario que está roto, deformado o debilitado por la corrosión; o
- Correas o correas utilizadas para asegurar el chaleco salvavidas en el usuario que estén rasgadas, rotas o que se hayan separado de un punto de sujeción del chaleco salvavidas; o
- Cualquier otro componente estructural podrido o deteriorado que falle al ser remolcado; o
- Rasgaduras, rasgaduras o costuras abiertas en telas o revestimientos, que son lo suficientemente grandes como para permitir la pérdida de material flotante; o
- Material flotante que se ha endurecido, no resistente, comprimido permanentemente, anegado, empapado de aceite o que muestra evidencia de hongos o moho; o
- Pérdida de material flotante o material flotante que no se mantiene en posición de forma segura.
Los chalecos salvavidas inflables deben cumplir con todos los requisitos para los chalecos salvavidas enumerados anteriormente, además de los siguientes:
- Un mecanismo de inflado debidamente armado, completo con un cartucho de inflado completo y todos los indicadores de estado que muestren que el mecanismo de inflado está correctamente armado;
- Cámaras inflables que son todas capaces de retener aire;
- Tubos de inflado oral que no estén bloqueados, desprendidos o rotos;
- Indicadores del estado de la inflación que no estén rotos o que no funcionen de otro modo;
- El sistema de inflado de un chaleco salvavidas inflable no necesita estar armado cuando el chaleco salvavidas se usa inflado y cumple con los requisitos anteriores.
Regla Federal de Chalecos Salvavidas para Niños Menores de 13 Años: Ninguna persona puede operar una embarcación de recreo en aguas federales con ningún niño menor de 13 en la embarcación a menos que cada niño:
- Usar un chaleco salvavidas apropiado aprobado por la Guardia Costera; o
- Debajo de la cubierta o en un camarote cerrado.
En Virginia, esta regla es aplicada por la Guardia Costera de los EE. UU. u otros agentes federales y se aplica en las aguas sobre las que tienen jurisdicción para hacer cumplir la ley. La mayoría de las aguas de Virginia se consideran aguas federales.
Una nota especial sobre los chalecos salvavidas inflables
Los chalecos salvavidas inflables son livianos, cómodos de usar y ocupan aproximadamente una décima parte del espacio de almacenamiento de los chalecos salvavidas convencionales rellenos de espuma. La mayoría están aprobados por la USCG solo para personas de 16 años o más que no participan en actividades de esquí o aguas bravas ni montan en motos acuáticas. ¡Son una excelente opción para los adultos en el agua!
¿Tu chaleco salvavidas realmente te queda?
¿Cómo saber si un chaleco salvavidas realmente te queda bien? Primero, revise la etiqueta para asegurarse de que el chaleco salvavidas esté aprobado por la Guardia Costera de EE. UU. Los chalecos salvavidas (o PFD) vienen en un par de tamaños básicos: bebé, niño y adulto. Dentro de esos tamaños básicos, habrá una gama (Pequeño, Mediano, Grande, etc.) de tamaños. La etiqueta indicará el tamaño básico y el rango de tamaños, que incluirá un rango de peso y, por lo general, también un rango de tamaño de pecho. Después de revisar la etiqueta, asegúrese de pasar al segundo paso, ¡pruébelo! Antes de cada temporada de navegación, pruébate el chaleco salvavidas. Asegúrate de que te quede bien. ¿Qué significa un ajuste correcto? Debe estar ajustado, pero no apretado. Levante los brazos sobre su cabeza, ¿puede girar la cabeza hacia la izquierda, hacia la derecha y sobre su hombro o tiene el chaleco salvavidas subido y le impide mover la cabeza? En el caso de los niños, pídales que se pongan de pie con los brazos a los lados. Levante el chaleco salvavidas por los hombros. El chaleco salvavidas no debe moverse más de 3 pulgadas, no más alto que las orejas del niño. Si el chaleco salvavidas se mueve más de 3 pulgadas, es demasiado grande y el niño puede salirse de inmediato: ¡obtenga un chaleco salvavidas más pequeño! El chaleco salvavidas de un niño más pequeño también debe incluir una correa en la entrepierna, esto ayudará a asegurar que el chaleco salvavidas permanezca puesto. Finalmente, practique el uso del chaleco salvavidas en aguas poco profundas. Asegúrese de que esté lo suficientemente ajustado como para permanecer en su lugar y no se suba por encima de la barbilla y las orejas cuando esté en aguas poco profundas. Haga que los niños practiquen en aguas poco profundas con su chaleco salvavidas para que no entren en pánico en caso de emergencia.
Extintores
Todos los botes de más de 26 pies deben tener extintores de incendios aprobados por la USCG y adecuadamente cargados a bordo (consulte la tabla para información específica
requisito de seguridad). Además, todas las lanchas a motor de menos de 26 pies que tengan una o más de las siguientes condiciones también deben llevar extintores de incendios:
- Tanques de combustible instalados permanentemente.
- Compartimento cerrado debajo de las varas y los asientos en los que se pueden almacenar los tanques de combustible portátiles.
- Fondos dobles que no estén sellados al casco o que no estén completamente llenos de material de flotación.
- Espacios habitables cerrados.
- Compartimento de almacenamiento cerrado en el que se pueden guardar materiales combustibles o inflamables.
Todos los extintores de incendios deben estar aprobados por la Guardia Costera de los EE. UU., deben tener un cambio eficiente y deben estar en buenas condiciones y en condiciones de servicio.
| Se requiere un número mínimo de extintores portátiles B-I* | ||
|---|---|---|
| Longitud en pies | No hay sistemas fijos de extinción de incendios en el espacio del motor | Sistema fijo de extinción de incendios en el espacio del motor |
| Bajo 16 | 1 | 0 |
| 16 a menos de 26 | 1 | 0 |
| 26 a menos de 40 | 2 | 1 |
| 40 a 65 | 3 | 2 |
| * Un extintor de incendios portátil B-11 puede ser sustituido por dos extintores de incendios portátiles1 B-. | ||
Supresor de llamas Backfire
Todas las lanchas a motor, excepto las fuera de borda, que funcionan con gasolina deben tener un supresor de llamas de retroceso aprobado por la USCG en cada carburador.
Ventilación
Ninguna persona puede operar un barco construido después del 31de julio de 1980, que tenga un motor de gasolina (excepto los motores fuera de borda) a menos que esté equipado con un sistema de ventilación operable que cumpla con los estándares de la USCG.
Para los barcos construidos después del 25de abril de 1940, y antes del 1de agosto de 1980, (con motores que utilizan gasolina como combustible y otros combustibles que tienen un punto de inflamación de 110°F. o menos) se requiere lo siguiente:
Al menos dos conductos de ventilación provistos de carenados o equivalentes con el fin de ventilar adecuada y eficientemente las sentinas de cada motor y compartimiento del tanque de combustible. Habrá al menos un conducto de escape instalado de manera que se extienda hasta la parte inferior de la sentina y al menos un conducto de admisión instalado de manera que se extienda hasta un punto al menos a mitad de camino de la sentina o al menos por debajo del nivel de la entrada de aire del carburador.
Para los barcos que se construyan después del 31de julio de 1978, pero antes del 1de agosto de 1980, no hay requisitos para la ventilación del compartimiento del tanque de combustible si no hay una fuente eléctrica en el compartimiento y si el tanque de combustible ventila hacia el exterior del barco.
El operador de la embarcación debe mantener el sistema en condiciones de funcionamiento.
Dispositivos productores de sonido
Las reglas de navegación exigen que se hagan señales sonoras en determinadas circunstancias. Las situaciones de encuentro, cruce y adelantamiento descritas en las Reglas de navegación son ejemplos de cuándo se requieren señales sonoras. Las embarcaciones de recreo también están obligadas a hacer sonar las señales de niebla durante los períodos de visibilidad reducida. Se requiere tener algún medio para hacer audible una señal de sonido eficiente capaz de hacer audible una explosión de 4segundos durante 1/2 milla. Un silbato o una bocina de aire son aceptables si su embarcación no está equipada con una bocina. Todas las embarcaciones, incluidas las embarcaciones de remo, deben llevar un dispositivo que produzca sonido.
Dispositivo de amortiguación
El escape de un motor de combustión interna de cualquier embarcación a motor deberá amortiguarse eficazmente. El dispositivo de amortiguación deberá agotar a la altura de la línea de flotación o por debajo de ella o estará equipado con deflectores mecánicos. Está prohibido el uso de recortes.
Dispositivos de Saneamiento Marino (MSD)
Las embarcaciones con inodoros instalados y dispositivos de saneamiento marino deben cumplir con las regulaciones federales que establecen estándares para las descargas de aguas residuales de los dispositivos de saneamiento marino. Los buques que no dispongan de retretes instalados o de dispositivos de saneamiento marino no descargarán directa o indirectamente aguas residuales en aguas estatales. Las aguas residuales y otros desechos de los inodoros portátiles autónomos u otros dispositivos de contención se bombearán en instalaciones de bombeo o se llevarán a tierra para su tratamiento en instalaciones aprobadas por el Departamento de Salud de Virginia. El lago Smith Mountain es una "zona de no descarga".
Estaciones de bombeo
Una lista completa de estaciones de bombeo está disponible en el sitio web del Departamento de Salud de Virginia o llamando a VDH al 804-864-7473.
Señales visuales de socorro
Todas las embarcaciones a motor de 16 pies o más de eslora deberán estar equipadas en todo momento con dispositivos de señalización visual de socorro cuando operen en aguas costeras. Esta regulación se aplica a todas las aguas costeras y a aquellos ríos de 2 millas o más de ancho en la desembocadura y hasta el primer punto en que el río se estrecha a menos de 2 millas.
Los botes de menos de 16 pies, los botes de propulsión manual (botes de remos, canoas, kayaks, etc.) y los veleros abiertos de menos de 26 pies sin motor, deben llevar solo señales visuales de socorro nocturno cuando se operan en aguas costeras durante la noche.
Los navegantes de recreo pueden llevar señales visuales de socorro adicionales por encima del número mínimo de VDS requerido.
Nota: Es ilegal mostrar una señal visual de socorro a menos que se necesite asistencia inmediata.
Si utiliza señales pirotécnicas, debe tener señales 3 nocturnas más señales diurnas 3 o señales combinadas 3 día/noche. Si utiliza señales no pirotécnicas, debe tener 1 señal diurna y 1 señal nocturna.
Las señales de socorro visual pirotécnico deberán ser:
- Aprobado por la Guardia Costera de los
- en condiciones de servicio
- fácilmente accesible.
- no caducado
- Los lanzadores producidos antes del 1de enero de 1981, destinados a ser utilizados con señales aprobadas no están obligados a estar aprobados por la USCG.
Las señales de socorro visual pirotécnico aprobadas por la USCG incluyen:
- Bengalas pirotécnicas rojas, de mano o aéreas;
- Pirotecnia de humo naranja, de mano o flotante;
- Lanzadores para meteoros rojos aéreos o bengalas de paracaídas.
Los dispositivos de señalización visual de socorro no pirotécnicos deberán:
- Cumplir con los requisitos de la USCG.
- Estar en condiciones de servicio
- Ser fácilmente accesible.
Las señales visuales de socorro no pirotécnicas aprobadas por la USCG incluyen:
- Bandera de socorro naranja con cuadrado negro y bola negra, para uso diurno;
- Luz de socorro eléctrica para uso nocturno.
Los siguientes puntos se utilizarán como "puntos de corte" para la aplicación de las regulaciones de señales de socorro visual en las aguas costeras de Virginia. Estos puntos se pueden encontrar en la carta náutica correspondiente.
- Entrada a Hampton Roads hasta donde la vía fluvial se reduce a 2 millas náuticas, que es una línea trazada entre Old Point Comfort y Fort Wool.
- Río York hasta donde la vía fluvial se reduce a 2 millas náuticas, que es una línea trazada entre Sandy Point y Tue Point, que se encuentra en las proximidades de Tue Marshes Light.
- Bahía Mobjack hasta, pero sin incluir, los ríos Severn, Ware, Norte y Este.
- Entrada al río Piankatank, donde la vía fluvial se reduce a 2 millas náuticas, que es una línea trazada desde Cherry Point en la isla de Gwynns a través del río hasta la orilla opuesta, que se encuentra en las proximidades de la boya iluminada del río Piankatank 6.
- El río Rappahannock hasta donde la vía fluvial se reduce a 2 millas náuticas, que es una línea trazada desde la isla Parrott hasta Cherry Point, que es justo antes de llegar al primer puente de la carretera.
- Las partes de los estrechos de Pocomoke y Tánger que caen dentro de Virginia.
- Donde las ensenadas inexploradas del Océano Atlántico se reducen a 2 millas náuticas de ancho.
Luces de navegación
Las embarcaciones de recreo, mientras están en navegación, deben mostrar las luces de navegación entre el atardecer y el amanecer y durante los períodos de visibilidad restringida (ver luces de navegación).
No se exhibirán otras luces que puedan afectar la visibilidad de las luces de marcha requeridas o la visibilidad de las embarcaciones que se aproximan.
Luces utilizadas cuando están ancladas
Una luz de anclaje es una luz blanca de 360 grados (todo el contorno) que se exhibe donde mejor se puede ver y ver a 2 millas.
Luces especiales para buques de control
Las embarcaciones de aplicación de la ley del DWR, la USCG y otras agencias de aplicación de la ley pueden mostrar una luz azul giratoria o intermitente. Cuando se observe una luz de este tipo, debe detenerse inmediatamente y maniobrar de tal manera que permita que el oficial de abordaje se acerque o suba a bordo.
Según la ley federal, las luces azules solo pueden ser exhibidas por los buques encargados de hacer cumplir la ley de los gobiernos federal, estatal o local, y tienen el mismo efecto en el agua que las luces azules giratorias o intermitentes en los automóviles de las fuerzas del orden que viajan por nuestras carreteras.
Luces de navegación: embarcaciones de propulsión mecánica
| Figura 1
|
Figura 2
|
Figura 3 |
Figura 4 |
Buques de menos de 12 metros (39.4 pies.) en longitud
- Embarcaciones o veleros que utilizan energía: se puede utilizar la disposición de iluminación de la Figura 1, 2, 3o 4 .
- Veleros que utilicen únicamente vela: se puede utilizar la disposición de iluminación de la figura 5, 6o 7 .
La luz blanca de la cabecera o la luz blanca alrededor debe tener al menos 1 metros (3.3 pies.) más alto que las luces laterales de colores.
Buques 12 metros pero menos de 20 metros (65.5 pies.) en longitud
- Embarcaciones o veleros que utilizan energía: se puede utilizar la disposición de iluminación de la figura 1 o 2 . La disposición de iluminación de la Figura 3 puede utilizarse si el buque fue construido antes del 24de diciembre de 1980.
- Veleros que utilizan solo vela: se puede utilizar la disposición de iluminación de la figura 5, 6o 7 .
La luz blanca de la cabecera o la luz blanca alrededor debe tener al menos 1 metros (3.3 pies.) más alto que las luces laterales de colores.
Embarcaciones sin motor
Un buque con remos y veleros de menos de 7 metros (23 pies) de eslora puede exhibir las luces prescritas para un barco de vela, pero si no lo hacen, deberán tener a mano una linterna eléctrica o una linterna encendida (Figura 8) que arroje una luz blanca que se exhibirá con suficiente tiempo para evitar la colisión.
Reglas internacionales (más allá de la línea de demarcación)
Más allá de las tres millas náuticas de la costa de Viginia, si su embarcación de propulsión mecánica tiene menos de 23 pies (7 metros) de eslora y su velocidad máxima no supera los 7 nudos, entonces puede mostrar una luz blanca en todo el horizonte y, si es posible, luces laterales en lugar de las luces prescritas anteriormente.
Luces de navegación — Veleros
| Figura 5
|
Figura 6
|
| Figura 7
|
Figura 8
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