En 2007, la Asamblea General de Virginia promulgó una ley para establecer un requisito de cumplimiento de la educación de seguridad en la navegación. El requisito de educación en seguridad en la navegación se introduce gradualmente a lo largo de varios años y se aplica a todos los operadores de motos acuáticas (PWC)* y a los operadores de embarcaciones con motores de 10hp o más de acuerdo con el siguiente horario:
- Los operadores de motos acuáticas de entre 16 y 20 años o menos deberán cumplir con los requisitos antes del 1de julio de 2009, los operadores de 14 o 15 años pueden operar una moto acuática si han completado con éxito un curso de seguridad de educación de navegación aprobado;
- Los operadores de motos acuáticas de 35 años o menos deberán cumplir los requisitos antes del 1de julio de 2010;
- Los operadores de motos acuáticas de 50 años o menos y los operadores de embarcaciones a motor de 20 años o menos deberán cumplir los requisitos antes del 1de julio de 2011;
- Todos los operadores de motos acuáticas, independientemente de su edad, y los operadores de lanchas motoras de 30 años o menos deberán cumplir con los requisitos antes del 1de julio de 2012;
- Los operadores de embarcaciones a motor 40 años de edad o menos deberán cumplir con los requisitos antes del 1de julio de 2013;
- Los operadores de embarcaciones a motor 45 años de edad o menos deberán cumplir con los requisitos antes del 1de julio de 2014;
- Los operadores de embarcaciones a motor 50 años de edad o menos deberán cumplir con los requisitos antes del 1de julio de 2015;
- Todos los operadores de lanchas a motor, independientemente de su edad, deberán cumplir con los requisitos antes del 1de julio de 2016.
* Tenga en cuenta que una moto acuática, PWC, más comúnmente conocida como Ski-Doo® (Bombardier Recreational Products), Waverunner® (Yamaha Motor Corporation, EE. UU.) y JET SKI® (Kawasaki Motors Corp., EE. UU.), se definen como embarcaciones a motor de menos de 16 pies de largo que funcionan con bombas de chorro, no hélices, donde las personas se paran, se arrodillan o se sientan, en lugar de dentro de la embarcación.
Si ha tomado un curso de seguridad en la navegación, pero ha extraviado su certificado de finalización del curso, infórmese sobre cómo obtener una tarjeta de reemplazo.
Una persona también puede cumplir con los requisitos de educación si cumple con uno de los siguientes requisitos:
- Aprueba un examen de equivalencia/desafío;
- Posee o alguna vez poseyó una licencia válida para operar una embarcación emitida al personal marítimo por la Guardia Costera de los Estados Unidos
- Posee un certificado marítimo emitido por el gobierno canadiense o posee una tarjeta de operador de embarcaciones de recreo canadiense;
- Posee un certificado de operador temporal como se indica en el registro de la nueva embarcación;
- Posee un contrato de alquiler o arrendamiento y documentación de capacitación emitida por una empresa de alquiler o arrendamiento de lanchas a motor;
- Opera la lancha motora bajo la supervisión directa a bordo de una persona que cumple con el requisito de cumplimiento;
- Opera una embarcación no registrada en Virginia, utilizando temporalmente las aguas de Virginia por un período que no exceda los 90 días, y cumple con los requisitos de educación de seguridad en la navegación aplicables del estado de residencia;
- Ha asumido la operación de la lancha motora debido a la enfermedad o impedimento físico del operador inicial, y está devolviendo la lancha motora a tierra para brindar asistencia o cuidado al operador;
- Está o alguna vez estuvo registrado como pescador comercial de conformidad con el Código de Virginia o está bajo la supervisión directa a bordo del pescador comercial mientras opera el barco del pescador comercial.
- Proporciona documentación de que está sirviendo o se ha calificado como oficial de guerra de superficie o especialista en guerra de superficie alistado en la Marina de los Estados Unidos.
- Proporciona documentación de que está sirviendo o se ha calificado como Oficial de Cubierta en Navegación, timonel de embarcación, oficial de embarcación, operador de embarcación, operador de embarcaciones u Oficial de Cubierta de Marina en cualquier rama de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, la Guardia Costera de los Estados Unidos o la Marina Mercante.
